Resumen de las novedades desde el 7 junio:
- los turistas extracomunitarios vacunados van a poder viajar a España si recibieron vacunas aprobadas por la EMA y la OMS. Dos (2) de esas vacunas están en Argentina.
- los ciudadanos UE y sus parejas y dependientes podrán viajar con:
- prueba de antígenos negativa, o
- con PCR, o
- con certificado de recuperación si ya pasaron la enfermedad
- se reduce a 48hs el tiempo máximo del test PCR o antígenos para los ciudadanos UE y sus familias
- los menores de 12 años pueden viajar sin realizarse ningún test
- mantienen la lista de países seguros que no necesitan ninguna prueba ni requisito extra
- mantienen las restricciones de vuelo con la India, Brasil, Colombia, Perú y Sudáfrica
Los detalles
- BOE-A-2021-9349: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9349
- BOE-A-2021-9352: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9352
Actualizado 24 de junio 2021: Armé el siguiente gráfico que explica en detalle las opciones para entrar a España. Espero les sirva. (click para ampliar o descargar)
Turistas vacunados
Las vacunas reconocidas por la EMA son las siguientes:
- AstraZeneca - Oxford / Covishield
- Janssen (Johnson & Johnson)
- Moderna
- Pfizer
Las vacunas reconocidas por la OMS son las siguientes:
- AstraZeneca - Oxford / Covishield
- Janssen (Johnson & Johnson)
- Moderna
- Pfizer
- Sinopharm
- Sinovac - Coronavac
De las vacunas aprobadas, hay 2 que se aplican en Argentina: Covishield (AstraZeneca) y Sinopharm.
Las personas no vacunadas, o que hayan recibido otras vacunas no reconocidas por la EMA u OMS, seguirán teniendo las restricciones vigentes, y entonces necesitarán estar dentro de al menos uno de estos casos:
- tener pasaporte de la UE, o
- ser pareja de ciudadano de la UE (no hace falta estar casados), o
- ser dependiente de ciudadanos de la UE (hijos menores de edad o ascendientes que sean mantenidos económicamente por el ciudadano UE), o
- tener una visa o residencia de la UE todavía válida, o
- tener alguna otra autorización especial.
Los argentinos vacunados con Sputnik (que no cumplen con los requisitos anteriores) no podrán viajar a España como turistas.
Los vacunados en Estados Unidos, u otros países distintos del lugar de origen de viaje
No tenemos confirmación oficial. La manera en que está escrito el Boletín Oficial de España dice que el certificado de vacunación debería ser del "país de origen" (del viaje? país del pasaporte?). Esto me parece una torpeza de quien lo escribió, que no pensó en las personas que se vacunan en un país, pero viajan desde otro.
Supongo que a la larga se guiarán por el sentido común y que aceptarán como válido para entrar a España el certificado de vacunación de cualquiera de las vacunas reconocidas. Incluso aunque se hayan vacunado por ejemplo en Estados Unidos, pero viajen desde Argentina.
El único problema es que esto se verifica en Ezeiza, y ¿cómo pueden saber en Ezeiza si un certificado de vacunación de Estados Unidos es real?
Se podría solucionar con una simple foto interna de ejemplo, una lista de las webs donde verificar los certificados según el país que lo emitió.
Quizás no puedan verificarlo y por eso no puedan viajar. Quedamos atentos a las novedades. No hagan planes todavía.
Novedades para ciudadanos de la Unión Europea y sus familias
- certificado de vacunación (de las vacunas aprobadas)
- prueba PCR, o LAMP, o TMA o de antígenos con resultado negativo realizado en las últimas 48hs (se redujo el tiempo, antes era hasta 72hs)
- certificado de recuperación de Covid de no más de 180 días de antigüedad
- se tienen que realizar el test en las últimas 48hs antes de LLEGAR a España.
- el test nunca puede tener más de 48hs al llegar a España.
Las nuevas opciones NO AFECTAN a los ciudadanos de la UE, ni a sus parejas (casadas o no), ni a sus descendientes o ascendientes que vivan a su cargo (menores de edad u otros adultos a los que el ciudadano de la UE mantenga económicamente). Ellos todavía pueden entrar a España.
Ciudadanos UE recuperados de Covid
El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información:
- Nombre y apellido del titular.
- Fecha de la toma de muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2.
- Tipo de test NAAT realizado (PCR, LAMP, TMA u otras similares).
- País emisor.
- Boletín Oficial de España:
- BOE-A-2021-9349: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9349
- BOE-A-2021-9352: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9352
- PDF de la Secretaria de Turismo de España
- Diario El País
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